lunes, 9 de septiembre de 2013

LOS CONSEJOS COMUNALES, ACTIVIDADES Y FUNCIONES DE PLANIFICACIÓN Y CONTRALORÍA COMUNAL EN MATERIA DE FINANZAS E IMPUESTOS

    Desde un principio los órganos públicos se han caracterizado por preocuparse  por los municipios que atreves ordenanza tiene  por competencia promover la conformación de los Consejo Local de Planificación Pública en la actualidad gracias intervención del presidente Hugo Chávez Frías de instaurar el socialismo del siglo XXI, se consolidaron los “Consejo Comunal”  como un aliado de las comunidades; que se caracterizan por ser instancias de participación e integración entre organizaciones comunitarias o pueblo organizado que permiten ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social, a fin de que vecinos de una determinada comunidad pueda asumir el ejercicio real del poder popular. 

Principales Funciones de  Consejos Comunales

•          El Órgano Ejecutivo, que reúne a los voceros y voceras de cada comité de trabajo
•           La unidad de Gestión Financiera, como órgano económico- financiero

•           La Unidad de Controlaría Social, como órgano de control. 

Órgano ejecutivo


     Es la instancia del Consejo Comunal encargada de promover y articular la participación organizada de las y los integrantes de la comunidad, los grupos sociales y organizaciones comunitarias en los diferentes comités de trabajo.  Posteriormente estos actúan como centro de información, producción y promoción de procesos participativos para la identificación de problemas comunitario; Precisando antes que nada que la mayoría de los miembros de un Comité de Trabajo ejecutan labores directas en el proyecto, para diseñar, realizar, controlar y evaluar la calificación final de proyectos sociales destinados a solucionar problemas.


Relación con la Unidad  administrativa y financiera de los consejos comunales


     En concordancia  a lo señalado en los  artículos 30 y 31  se evidencia que la unidad financiera conocida como Banca Comunal esta entidad que debe manejar todo el dinero que ingrese al Consejo Comunal, así como llevar un control minucioso de los gastos que realiza; comprende la determinación de los fondos, costos y recursos financieros y no financieros con los que cuenta y requiere la comunidad, destinados a la
ejecución de las políticas, programas y proyectos establecidos en el plan comunitario de desarrollo integral. Unidad de gestión financiera funciona como ente de administración  e intermediario financiero con los fondos generados, asignados o captados.

Gestión y Administración de  Recursos

Los Consejos Comunales recibirán de manera directa los siguientes recursos:
  
    Simultáneamente por lo general se evidencia el manejo financiero de los recursos asignados a los Consejos Comunales, hasta la entrega de los mismos. Tendrá por objeto financiar los proyectos comunitarios, sociales y productivos, propuestos por la Comisión Nacional Presidencial del Poder Popular en sus componentes financieros y no financieros. Los órganos Ejecutivo, de Control y Económico y Financiero del Consejo Comunal, a los efectos de una adecuada articulación de su trabajo, realizarán reuniones de coordinación y seguimiento, al menos mensualmente, según los medidas que establezca el Reglamento de la Ley de los Consejos Comunales.
  
Relación de los consejos comunales con los órganos y entes del Poder Públicas

     En relación a lo expuesto en el Art. 61 de la exenciones en la ley de consejo comunales, podemos considerar que simultáneamente por  regla general, todas las personas jurídicas son contribuyentes del impuesto de renta, sin embargo existes algunas excepciones siempre que señalen en la ley como no contribuyentes; es el caso de  los consejos comunales estarán exentos de todo tipo de pagos de impuestos nacionales, estadales y municipales, directos o indirectos, tasas, contribuciones especiales y derechos de registro. Cuando los consejos comunales tengan que adquirir bienes y servicios para el desarrollo de sus proyectos comunitarios, los vendedores o prestadores de servicios no deben facturarles el Impuesto al Valor Agregado (IVA), tampoco estarían obligados a pagar impuesto por donaciones en caso que reciban aportes del sector privado, igualmente no están obligados al pago del Impuesto sobre la Renta (ISLR); Asimismo se ordena a todos los entes del Estado a dar un trato preferencial a los requerimientos de estos colectivos y a la satisfacción de sus necesidades.

Unidad de controlaría social

     La controlaría por lo general se caracteriza por ser un órgano encargado de examinar la legalidad y corrección de los gastos públicos, dentro  de los consejos comunales dicha  función compartida entre las instancias del poder público y los ciudadanos, dentro del consejo comunal la tarea es ardua y permanente, porque es el ente encargado de verificar que los proyectos se realicen tal cual se describen en la sistematización, metodología y mecanización de los mismos; para que en las comunidades eviten la corrupción y desvíos de fondos que  afecten los intereses colectivos o sociales. Los contralores debidamente organizados, no solo se limitan a actuar dentro de la geografía del Consejo Comunal, sino que pueden ejercer sus actividades sobre cualquier nivel o sector de la administración municipal y sobre particulares que cumplan funciones públicas, cuando la seguridad y el patrimonio de las comunidades están en riesgo.  

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