lunes, 9 de septiembre de 2013

Las Cooperativas

      Evolución Histórica de las Cooperativas en Venezuela

    En 1890, se constituye la primera cooperativa en el Estado Mérida, específicamente en la población de Chiguará, cuyo objeto era el ahorro y
  crédito, una década más tarde, en el estado Nueva Esparta, en Porlamar nace la primera cooperativa de artesanos carpinteros, dedicados a la producción de bienes. En 1910, se promulga la primera Ley de Cooperativas, considerada una copia de la Ley Francesa vigente en ese entonces, en 1919 desaparece esta Ley y la regulación del funcionamiento de las cooperativas fue atribuida al Código de Comercio, considerándolas como Sociedades Mercantiles.

     Bajo la dirección del Gobierno de Presidente López Contreras en 1937 se ordena la promoción del cooperativismo a través de los Presidentes de Estado y diversos funcionarios. En 1944, el Presidente Medina Angarita promulga una nueva Ley de Cooperativas, obligándose el Estado a la promoción del sector cooperativo, Ley que entre otras cosas, exoneró a estas, del pago de impuestos y asignó a los Ministerios de Agricultura y Cría, Educación y Trabajo las funciones de registro, vigilancia, sanción, estímulo y protección de las cooperativas y constituyó el Fondo Nacional Cooperativo con aportes obligatorios de todas las cooperativas.

    Durante la década de los años 1940 - 1950 se crearon diversas cooperativas dedicadas a la producción, de consumo, agrícolas, ahorro y crédito, vivienda y pesca, despareciendo bajo el Gobierno de Pérez Jiménez. Con el derrocamiento del Presidente Pérez Jiménez, se activa nuevamente el movimiento cooperativista en Venezuela, el Estado promueve las constituciones de las cooperativas, ejecutando acuerdos con la Alianza para el Progreso conjuntamente con el Movimiento Antigonish de Canadá. Desarrollo de las cooperativas desde 1960 hasta nuestros días.

      Se promociona la formación y educación cooperativa a través de sectores
de la Iglesia Venezolana, como el Centro Gumilla de Jesuitas, Otras instituciones que promovieron el cooperativismo fueron: Fundacomún, CIARA, Centro Nacional de Estudios Cooperativos, (CENECO), y universidades como la UCV, ULA y LUZ.

      En 1966 se promulgó la Ley General de Asociaciones Cooperativas (LGAC), mediante la cual se profundiza los preceptos del derecho cooperativo del país y se crea la Superintendencia Nacional de Cooperativas (SUNACOOP) adscrita al Ministerio de Fomento, como órgano regulador del movimiento cooperativo nacional, lo que significó una nueva etapa en las relaciones de las cooperativas con el Estado, ya que de acuerdo a la ley de 1942, estas se desarrollaban de manera atomizada a través de varios ministerios, con distintas normas y procedimientos.

   El 18 de septiembre de 2001 entra en vigencia la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas publicada en Gaceta Oficial N° 37.285.

En el año 1975 se realizó la reforma de la ley de 1966, apuntando esta, fundamentalmente a la integración cooperativa. Esta Ley le atribuyó a
SUNACOOP las funciones de legalización, registro, inspección, vigilancia y fomento de las cooperativas rurales y urbanas, así como la supervisión de su funcionamiento y desarrollo, además, la inspección de las Cajas de Ahorro, los Fondos de Empleados y similares. Mediante la Resolución 002 publicada en Gaceta Oficial Nº 36.123 de fecha 10/01/1997, la Superintendencia Nacional de Cooperativas pasa a ser una unidad básica del Ministerio de la Industria y Comercio. Al no existir un marco político para que las cooperativas se desarrollaran como empresas de gran empuje en la economía del país, el organismo regulador y de fomento de sus actividades (SUNACOOP) no fue considerado como un ente de mucha importancia, y por consecuencia de poder político, lo que condujo a que se mantuviera como una institución de bajo perfil y poco impacto social en la Administración Pública.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela promulgada en 1999 establece importantes disposiciones en los Artículos 70, 118, 184 y 308, sobre el cooperativismo como movimiento social protagónico y participativo de la población y sobre las cooperativas como unidades productivas para la construcción de un nuevo modelo económico-social.
En las "Líneas Generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2001-2006" se establece la participación de las asociaciones cooperativas en dos (2) de los equilibrios que lo componen, como son: el económico, que plantea el desarrollar la economía social a través de la democratización del capital del estado y la legitimación del mercado, brindando a las cooperativas preferencias para la contratación de sus servicios o adquisición de sus productos y brindarles mecanismos para que puedan acceder a un crédito o financiamiento y el equilibrio social, que propone fortalecer la participación social y la generación de poder ciudadano en espacios públicos de decisión.

Con base a la importancia que le confiere el Estado al cooperativismo, el movimiento cooperativo nacional impulsó la reforma de la Ley de Asociaciones Cooperativas de 1975 y el 02 de Julio de 2001 se promulgó la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas, que establece en su Capítulo XII, Artículos 77 al 85, el objeto, funciones y la adscripción de SUNACOOP al Ministerio de la Producción y el Comercio. Posteriormente, mediante Decreto Presidencial No. 3.125 del 15/09/2004, se adscribe al Ministerio para la Economía Popular, hoy Ministerio del Poder Popular para la Economía Comunal, con rango de Dirección General.

Definición de Cooperativa

La Ley Especial de Asociaciones Cooperativas la define en su:

Artículo 2°. Las cooperativas son asociaciones abiertas y flexibles, de hecho y derecho cooperativo, de la Economía Social y Participativa, autónomas, de personas que se unen mediante un proceso y acuerdo voluntario, para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes, para generar bienestar integral, colectivo y personal, por medio de procesos y empresas de propiedad colectiva, gestionadas y controladas democráticamente.

Es decir, las cooperativas son asociaciones de personas que se unen con el fin de lograr un bienestar en común el cual puede ser económico o social; además ésta unión puede ser para producir bienes, prestar servicios a la colectividad, trabajar en la producción agrícola, entre otras actividades, en éstas el beneficio es determinado por la participación de cada socio y no por la cantidad de dinero que haya aportado.

Características de las Cooperativas
   
  •      Las Cooperativas son empresas económicas de interés social y de administración democrática, por lo tanto tiene las siguientes características:
     
  •      Cuenta o tiene recursos materiales y humanos para su funcionamiento, sus propietarios son los socios, quienes aportan los recursos materiales tales como: la tierra, las herramientas, dinero, fuerza de trabajo.

         Con los aportes recibidos la Cooperativa realiza actividades que van a beneficiar a los socios, a sus familias y a su comunidad.
     
  •       La propiedad sobre la empresa es colectiva.
     
  •      El mínimo de personas que puede conformar una Cooperativa es de 20, salvo en el caso de una Cooperativa de Producción Agrícola en la cual el mínimo de personas que la conforman es de 10.
     
  •       Proporciona a los afiliados bienes y servicios a menor costo.
     
  •       Todos los socios tienen iguales derechos y obligaciones.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario